¿Los planes de pensiones tributan en el impuesto de sucesiones?
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En el fallecimiento de una persona puede haber distintos beneficiarios en su herencia y en otras cuestiones. Una de ellas es el plan de pensiones. En este caso serán los beneficiaros que estén designados o no los que podrán rescatarlos. Hay que conocer también si los planes de pensiones tributan en el impuesto de sucesiones. Vamos a analizarlo en este artículo que te trae hoy MV Aseguradores.
Quién es el beneficiario del plan de pensiones por fallecimiento
Un plan de pensiones es un instrumento de ahorro para la jubilación. Dependiendo del plan de pensiones se podrá rescatar tanto este como el rendimiento. Un caso, por ejemplo, es que quien lo contrate sufra una enfermedad por incapacidad o dependencia.
Pero, además, de los casos anteriores, también se puede hacer por fallecimiento del beneficiario. Es en este caso en donde los herederos son quienes podrán recibir los fondos.
En este punto hay que tener en cuenta que existen dos tipos de herederos como tal.
Por un lado, tenemos los beneficiarios nombrados. Estos son aquellos que el tomador ha seleccionado en el contrato quién sería el beneficiario en caso de fallecimiento. También puede ser que los beneficiarios sean nombrados en el testamento.
Por otro lado, cuando no hay ningún documento con los beneficiarios, en ese caso, puede que el propio reglamento del plan de pensiones indique quiénes son. Generalmente todo esto coincide con las figuras legales de los hijos y cónyuge.
Aquí hay que tener en cuenta que se puede cambiar el beneficiario de un plan de pensiones las veces que se considere. Tanto en el testamento como solicitar una modificación en el contrato.
La fiscalidad del caudal hereditario del plan de pensiones
Quien sea beneficiario del plan y decida cobrarlo deberá rendir cuentas en Hacienda. Lo que se herede se debe de tributar en el IRPF como rendimiento de trabajo.
Si, por ejemplo, se decide cobrar el total del plan de pensiones, lo que puede suceder es que suba nuestra base imponible. Puede que sea necesario en esos casos aplicar el porcentaje marginal del 45 %. Dependiendo de cada Comunidad Autónoma, hay casos que se permite subir al 48 % el máximo de base imponible.
En el caso de que el cobro sea parcial y se decida por una renta de forma periódica, también habrá un aumento de la base. Pero en este caso será de menor cantidad.
¿los planes de pensiones tributan en el impuesto de sucesiones?
En lo que se refiere a si los planes de pensiones pagan impuesto por sucesiones, no se debe de pagar. Esto se debe fundamentalmente por el hecho de que el Impuesto de Sucesiones es para herencias y bienes. Pero en ningún caso, los planes de pensiones se consideran bienes. Por ese motivo no se debe pagar ese impuesto.
En definitiva, sea cómo sea, se debe de incluir como rendimiento de trabajo y pagar el IRPF. Igual que lo haría el titular.
Si por un casual, el beneficiario es una persona jurídica el plan de pensiones se integra como una renta más. Esto quiere decir que se declara como resultado contable anual. En este caso no se tributa como IRPF, sino que se tributa como Impuesto de Sociedades.
Por otro lado, los beneficiarios se pueden acoger a la reducción fiscal cuando las participaciones sean anteriores al 21/12/2006.
Asesoramiento gratuito en planes de pensiones y jubilación
La plusvalía del muerto en un plan de pensiones
Se trata de una regla fiscal especial que se aplica cuando se heredan fondos de inversión, pensión o similares. Esto quiere decir que los herederos no tendrán que pagar impuestos por las ganancias en estos planes o fondos.
Esta plusvalía se aplica en la herencia, pero no en las donaciones. Cuando se dona un fondo habrá que tributarlo como ganancia patrimonial.
Si bien generalmente se aplica a los fondos de inversión, en algunos casos concretos el plan de pensiones también podría entrar.
Lo mejor en estos casos es poder asesorarse con un experto para conocer si aplica o no a nuestro caso.
Documentación para rescatar el plan de pensiones
En lo que se refiere al plazo de rescate del plan de pensiones por fallecimiento, dependerá de cada aseguradora. Se entiende que cuando una persona fallece, si hay testamento, habrá que acreditar que se es el beneficiario. En esos casos, puede que se solicite realizar primero la sucesión antes del cobro del mismo.
Por otro lado, estos son los documentos que hay que presentar para rescatar fondos del plan de pensiones:
- Completar la solicitud de prestación por fallecimiento.
- Fotocopia del DNI de beneficiario.
- Fotocopia del DNI de fallecido.
- Certificado de defunción.
- Documentación acreditativa de los beneficiarios (testamento, declaración de herederos, libro de familia, etc.).
Qué hacer con el plan de pensiones como herencia
En primer lugar, no se puede hacer cambio de la titularidad en el plan de pensiones. Esto requiere entonces que cuando se contrate se sepa muy bien qué tipo de plan se está contratando y, por ende, todos los beneficios.
Por otro lado, saber que no hace falta rescatar el plan de pensiones inmediatamente. Quizás te compense dejarlo para que sigas generando unos beneficios. Para todo ello, lo mejor es poder asesorarse con expertos que nos guíen en el camino.
El problema puede aparecer cuando hay más de un heredero. En ese caso, lo que hay que hacer son las consultas sobre la herencia de un plan de pensiones.
Otra de las cosas que te puedes encontrar es que quien ha fallecido haya comenzado a cobrar el plan de pensiones. Estos casos se dan, por ejemplo, en una prejubilación o situación específica. El proceso de rescate es similar al comentado anteriormente.
En ese caso se debe diferenciar en el tipo de plan de pensiones financieros y asegurados.
Por qué contratar un plan de pensiones
Estos son algunos motivos por los que tienes que tener un plan de pensiones. Tanto para ti como para tus herederos:
Complemento para tu jubilación
Es el motivo principal por el cual se contrata un plan de pensiones. Se trata de tener una pensión conjunta para que se puedan satisfacer nuestras necesidades de mayor. Para ello, hay que ver el tipo de aportaciones a hacer y cuándo comenzar con el plan de pensiones.
Inversión a largo plazo
El plan de pensiones no deja de ser un producto financiero. Esto quiere decir que es un ahorro a largo plazo. Existen situaciones específicas en donde puedes retirar el plan de ahorro y sus beneficios.
Beneficios fiscales
Es un producto que tiene un atractivo beneficio fiscal para desgravar en las declaraciones que hacemos anualmente.
Buena rentabilidad
Dentro del mercado actual es uno de los productos con mayor rentabilidad. No importa si eliges la renta fija o variable, será beneficiosa de todas formas.
Asesoramiento
Al contratarlo con una Correduría de Seguros, siempre tendrás un asesoramiento adecuado. Así puedes definir cuál es el mejor plan de pensión para ti y cómo cubrirte con los herederos.
Distintos tipos de planes
No existe un único plan de pensiones. Hay varios de ellos, por lo que puedes escoger el que se adapte más a ti según tus necesidades.
Un plan de pensiones puede ser contratado en cualquier momento. No hace falta tener una edad determinada para ello.
Evidentemente, lo ideal sería contratarlo lo antes posible. Así se va ahorrando poco a poco y no afecta tanto a nuestra economía.
Claro que cuando lo contratas más adelante, ya con una edad, como puede ser 40 o 50 años, hay que hacer cálculos. Esto se basa en saber qué tipo de aportación es la más beneficiosa. Existen incluso planes para personas ya mayores pero en donde requieren aportaciones de grandes cantidades.
Y por supuesto, tener en cuenta que el ahorro en el plan de pensiones no significa reemplazar la pensión pública. Es un complemento y tienes derecho a poder disfrutar de tu pensión de la Seguridad Social y tu ahorro.
La decisión de cómo se va a cobrar este plan de pensiones es otra de las cosas a tener en cuenta. Se puede cobrar en forma de capital, de renta, mixta o en disposiciones. Cada una de ellas tiene sus propias particularidades. Por ese motivo lo mejor es contar con un excelente asesoramiento.
Antes del rescate
Si quieres rescatar el plan, piensa algunos puntos:
- Si lo necesitamos o no: piensa si realmente lo necesitas o si es mejor seguir haciendo aportaciones y desgravando.
- Cantidad a rescatar: es normal que durante nuestra vida tengamos momentos más complejos que otros. Piensa en esos casos cómo te compensa más rescatar ese plan.
- Herederos: nadie está libre de sufrir un accidente o que suceda algo. Si quieres que el beneficiario sea una persona concreta, indícalo en el contrato o en tu testamento. De lo contrario, los herederos serán los dispuestos por la ley.
- Unificar o no planes: si tienes varios planes de pensiones, plantéate si es mejor seguir teniéndolos por separado o unificarlos.
Así respondemos a tus dudas sobre si los planes de pensiones tributan en el impuesto de sucesiones. Queda claro que un plan de pensiones tiene grandes ventajas y ser heredero de uno de ellos también.
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